INFORMACIÓN DEL TRÁMITE |
Un consumidor puede denunciar, querellarse o demandar ante los Juzgados de Policía Local de San Antonio a una proveedor (empresa) que afecte sus derechos, para que reciba una sanción o lo indemnice por el daño causado. |
DOCUMENTOS A PRESENTAR |
- Boleta de citación de Carabineros o citación del tribunal.
- Cédula de identidad al día.
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PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE |
- Normalmente este procedimiento se inicia mediante una presentación por escrito del consumidor ante el Juzgado de Policía Local, la cual debe ser puesta en conocimiento del proveedor, citándolo a rendir declaración ante el tribunal a fin de lograr un acuerdo entre las partes.
- Se designa a un funcionario del tribunal, quien deberá ubicar al proveedor en el domicilio fijado por el consumidor en su escrito inicial, previo pago de una tarifa u honorario en la que no interviene el juzgado ni la Municipalidad.
- Si el primer intento de solución fracasa; el tribunal citará a ambas partes (proveedor y consumidor) a un comparendo de conciliación, contestación y prueba, al que deben acudir con todos los medios de prueba.
- Si alguna de las partes quiere presentar la declaración de testigos como prueba, deberá presentar un listado señalando el nombre completo, cédula de identidad, profesión u oficio y domicilio de cada una de las personas que declararán, las que en total no podrán ser mayor a cuatro.
- Una vez concluidos los trámites relativos al comparendo, el expediente pasa a las manos de la Magistrado para dictar sentencia; la que, para efectos de ser notificada al proveedor, deberá ser pagada al funcionario(a) encargado(a).
- Si el infractor no se conforma con la sanción impuesta o asiste con posterioridad al día de la citación, tiene derecho a solicitar una reconsideración de lo resuelto, llenando el formulario denominado “RECURSO DE REPOSICIÓN”, el cual se encuentra a disposición del público en el mismo mesón y debe ser presentado dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación del fallo.
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COSTOS |
- Los honorarios cobrados por la Receptora para notificar a las partes son fijados por ella.
- En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo y las pruebas allegadas al proceso así lo permiten, se condena al proveedor a pagar una multa más una indemnización de perjuicios, si hubo demanda.
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OTRAS CONSIDERACIONES |
- Aunque la Ley no exige la intervención de un abogado para presentar una demanda en contra del proveedor, es muy recomendable contar con dicha asesoría, debido a que el proveedor normalmente la tiene.
- La I. Municipalidad de San Antonio cuenta con un programa de asesoría legal, llamado Defensoría Ciudadana. Está ubicado en Av. Barros Luco 1881, segundo piso. También puede escribir al correo defensoriaciudadana@gmail.com.
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